Un rayo de esperanza – Pérdidas por actividades de ocio hasta el 2026


Para los contribuyentes ricos jubilados que se dedican al alquiler de barcos, la cría de caballos o la explotación de viñedos, hay un rayo de esperanza. El artículo 183 del IRC permite deducir los gastos de la actividad de ocio, pero sólo en la medida de los ingresos de la actividad (suponiendo que se trate de una actividad sin ánimo de lucro). Debido a que el Código de Rentas Internas no identifica la sección 183 del IRC como una deducción ordinaria; en su lugar, los gastos de la actividad deben ser reclamados como una deducción detallada miscelánea, si es posible. Desafortunadamente, la Ley de Recortes y Empleos Fiscales suspendió la deducción de todas las deducciones detalladas misceláneas hasta 2025 – y esto incluye los gastos de la actividad de ocio a pesar de que los ingresos de la misma actividad siguen siendo imponibles como "otros Ingresos." Recientemente, el caso del Tribunal Tributario 2021 de Gregory vCommissioner T.C. Memo. 2021-115, fue apelado ante el Tribunal de Apelaciones del11º Circuito. En ese caso, el contribuyente alegó que el artículo 183 del IRC, como disposición legal específica, debería prevalecer sobre el artículo 67 del IRS (que define las deducciones detalladas), permitiendo así estos gastos en virtud del artículo 183 como deducciones ordinarias.  


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