Es difícil imaginar una llamada telefónica, carta o notificación menos bienvenida que una proveniente de un funcionario de ingresos del IRS o de una oficina de cobranza del IRS (particularmente del "ACS", el Sistema Automatizado de Cobranza). Piénselo. El trabajo del personal de cobranza del IRS, todo el día, es obtener dinero de personas que en su mayoría no están muy entusiasmadas de saber de usted y aún menos entusiasmadas de desprenderse de dólares que creen no tener de sobra. Los cobradores del IRS ya han escuchado casi todas las razones para la falta de pago, algunas bien fundamentadas y otras obviamente inventadas bajo la presión del momento. Como resultado, tienden a abordar cada asunto con un escepticismo comprensible, y el ambiente puede volverse un poco tenso. Dos observaciones iniciales: 1) las emociones pueden interponerse en su camino; y 2) la experiencia tratando con esas oficinas y con personal de cobranza en particular es una credencial importante, no solo para conocer las "reglas del juego", sino también para saber qué herramientas servirán mejor a sus intereses.
Entendiendo la solicitud de cobranza de impuestos
Entonces, ¿cuál es el primer paso? Analice detenidamente la solicitud. Si no comprende completamente la naturaleza y complejidad de la misma, pase inmediatamente al segundo paso: busque ayuda de un experto. Quizás haya escuchado el dicho «quien se representa a sí mismo tiene un tonto por cliente», pero hay buenas razones para aprovechar una consulta inicial gratuita con un asesor fiscal especializado en la materia. Utilice esa consulta para averiguar qué opciones tiene disponibles y a qué costo. Y si cree que el funcionario de cobros del IRS es la persona indicada, piénselo de nuevo.
La resolución de los problemas de cobro del IRS ha evolucionado con los años hacia un enfoque más proactivo en las "defensas" de cobro de impuestos, que se aplican selectivamente, cada una con su propio conjunto de directrices y reglas, algunas publicadas formalmente y otras conocidas solo por la amplia experiencia. Obviamente, cuanto mayor sea la experiencia de su abogado fiscal en el manejo de diferentes problemas de cobro, más opciones de defensa tendrá a su disposición. Encargarse usted mismo del asunto puede ser una opción, pero generalmente no es una buena idea.
Obtenga asesoría legal con un abogado tributario
El asesor legal adecuado puede ayudarle de muchas maneras, tales como:
- defenderlo en una auditoría
- eliminar embargos fiscales o detener embargos del IRS (incluidos embargos de salario) y confiscaciones
- negociar acuerdos de pago a plazos y "ofertas de transacción";
- apelar acciones de cobro del IRS, como un embargo o la presentación de gravámenes fiscales, a través del "Proceso de Cobro" o el Programa de Apelaciones de Cobro
- resolver una citación de cobro del IRS que solicita la presentación de documentos o testimonios
- ayudar con asuntos de "sanción por recuperación de fondos fiduciarios"
- preparar y negociar reclamos para alivio del "cónyuge inocente"
- ayudarle a reducir sus obligaciones tributarias si está considerando la bancarrota
- asesorarlo sobre el mejor curso de acción con declaraciones de impuestos atrasadas o no presentadas o ingresos no declarados
- Asesoramiento sobre cuestiones fiscales internacionales
Al considerar la contratación de un abogado fiscal, aproveche la consulta gratuita y haga muchas preguntas. Examine detenidamente la formación académica y la experiencia profesional de los miembros del bufete, prestando especial atención a los casos en los que no se divulgan, y compare las reseñas en sus sitios web con las que no se divulgan. Tenga en cuenta que cuanto mayor sea la amplitud de su práctica, mayor será el número de opciones de resolución disponibles. No se limite a leer las descripciones detalladas de los asuntos que manejan, sino que también preste atención a la claridad y la exhaustividad de sus explicaciones y a los artículos que han escrito sobre el tema. Finalmente, observe la experiencia de su equipo en litigios, especialmente en el Tribunal Fiscal de los Estados Unidos, donde se presenta la gran mayoría de los casos fiscales, como indicador de su nivel de especialización para determinar la vía más eficiente y efectiva para resolver asuntos administrativos en su jurisdicción. Si bien podría pensar inicialmente que estas consideraciones solo resultarán en mayores costos, por el contrario, minimizarán sus riesgos y harán que la resolución sea más eficiente. Contacta con Tax Workout Group y lo comprobarás.
Preguntas frecuentes sobre la recaudación de impuestos
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Cuánto tiempo debes conservar las declaraciones de impuestos y la información fiscal?
No, no son solo 3 años a partir de la fecha de presentación de tu declaración. Si no presentó declaración de impuestos para algún año en particular, debe conservar toda la información, incluyendo cualquier borrador de declaración, indefinidamente. De lo contrario, aunque el plazo general de prescripción para que el IRS exija una obligación tributaria es de 3 años a partir de la fecha de presentación de la declaración, en algunos casos dicho plazo se extiende a seis años. Lo más recomendable es conservarla durante 7 años.
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Existe un plazo límite para que el IRS proceda con las declaraciones no presentadas?
Técnicamente, no existe un plazo de prescripción que impida al IRS procesar las declaraciones no presentadas y sus respectivas obligaciones tributarias no declaradas. Como saben quienes han ejercido ante el IRS y el Departamento de Justicia, la política interna (no la ley) es no procesar las declaraciones no presentadas de años anteriores a los últimos seis, aunque no es raro solicitarlas para evaluar la credibilidad de los últimos seis. Es importante destacar que todas las declaraciones no presentadas solicitadas deben prepararse antes de presentar cualquier declaración, en lugar de prepararlas y presentarlas por separado. La razón es que una declaración solicitada puede contener información o revelaciones que afecten lo que se refleja, o debería reflejarse, en una declaración anterior o posterior, y la presentación incorrecta e incompleta de cualquiera de ellas puede complicar considerablemente las cosas (sobre todo porque todas las declaraciones se realizan expresamente "bajo juramento"). Y, lo que es más importante, encárguese de que las prepare un contador público certificado (CPA), no usted mismo, un contable o un contador no certificado. Esa mayor credibilidad bien vale cualquier gasto adicional. Una pregunta que el IRS formulará sistemáticamente como parte de su investigación es: "¿Por qué no presentó su declaración?". Existen varias respuestas erróneas a esa pregunta, y aunque uno podría preguntarse por qué la mejor respuesta no es simplemente decir la verdad, la forma en que se formula esa "verdad" puede tener un impacto considerable, positivo o negativo. La opinión de un profesional es claramente recomendable.
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¿Qué probabilidades hay de que puedas ir a la cárcel por deudas impagas con el IRS?
Que no es. El criterio más importante para que las autoridades federales soliciten el encarcelamiento no es el hecho de que existan deudas tributarias impagas. Salvo circunstancias agravantes como hacer declaraciones falsas, tanto orales como escritas, a un funcionario federal (que conllevan importantes sanciones económicas, así como hasta 5, y en algunos casos hasta 8, años de prisión por cada infracción), o como la omisión deliberada de presentar declaraciones de impuestos (el umbral normativo para recomendar una investigación penal es de 3 años consecutivos sin presentar la declaración), todavía no tenemos prisión por deudas en este país. La clave no reside en la “evitación” del pago de las deudas con el IRS, sino en la “evasión” (es decir, tomar medidas ilegales o deliberadamente engañosas para ocultar activos o ponerlos fuera del alcance del IRS).
